jueves, 1 de agosto de 2013

LA LUCHA POR LA DEMOCRACIA

INMUNIDAD PARLAMENTARIA
Según LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA establece en el El TITULO V, DE LA ORGANIZACION DEL PODER PUBLICO NACIONAL, Capitulo I, Del Poder Legislativo Nacional, en El Articulo Numero 187. Corresponde a la Asamblea Nacional: Literal 20. Calificar a sus integrantes y conocer de su renuncia. La separación temporal de un Diputado o Diputada solo podrá acordarse por el voto de las dos terceras partes de los Diputados y Diputadas presentes y el Articulo y el Articulo 200. Los diputados o diputadas a la Asamblea Nacional gozaran de inmunidad en el ejercicio de sus funciones desde su proclamación hasta  la conclusión de su mandato o la renuncia del mismo. De los presuntos delitos que cometan los o las integrantes de la Asamblea Nacional conocerá en forma privativa el Tribunal Supremo de Justicia, única autoridad que podrá ordenar,previa autorización de la Asamblea Nacional, su detención y continuar su enjuiciamiento. En caso de delito flagrante cometido por un  parlamentario o parlamentaria, la autoridad competente lo o la pondrá bajo custodia en su residencia y comunicara inmediatamente el hecho al Tribunal Supremo de Justicia.
Los funcionarios públicos o funcionarias publicas que violen la inmunidad de los o las integrantes de la Asamblea Nacional, incurrirán en responsabilidad penal y serán castigados o castigadas  de conformidad con la ley.
Sin lugar a dudas que la interpretación de los Artículos citados no dan la mas mínima posibilidad de inequívocos en cuanto a su duplicación, si realmente se respeta el estado de derecho, es por ello que no me detendré en el análisis Jurídico del espíritu de Constituyentista al enunciar los Artículos de la Constitución, aplicables al Dip. RICHARD MARDO, en el juicio que se le sigue por una circunstancial mayoría de diputados del Oficialismo, es por ello que el Mundo y el País son testigo de como se pisotea la Constitución de la República y se transgreden los derechos Constitucionales del Diputado, quien cometió el delito de desarrollar una Política de carácter Social en el Estado Aragua, en donde la ineficiencia y la corrupción son las principales banderas que enarbola el Oficialismo. El Dip. Mardo ha construido un Liderazgo a base del trabajo tesonero de la mano del Pueblo, con quien ha desarrollado todo un activismo de contacto directo y de canalizacion de las soluciones de tantos problemas colectivos e individuales. Lucha por reestablecer la Autonomía de los Poderes Publico, por el respeto al Pueblo y por la Libertad es cada ves mas un Compromiso de toda una Nación, en donde se privilegie la República por encima de los intereses de Partidos y de grupos.
El interés del Oficialismo en hacer del terrorismo de Estado un modo de Gobierno y mecanismo para subyugar a los Venezolanos, nos obliga a Organizarnos en torno a la lucha Democrática, para liberar a la Patria con la participacion activa de todos, ante el poder del Estado utilizado en contra de los Ciudadanos, no queda de otra que ser lo suficientemente creativos, de nuestras debilidades construir estrategias y convertirlas en fortalezas, que nos permitan llegar hasta el Pueblo y hacerlo parte por convicción, de luchar por una alternativa que le garantice Paz y Desarrollo con niveles de vida mejo,r a todos por igual.

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